Constitución de la Comisión de Seguimiento
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Casal Mas GuinardóPl. Salvador Riera, 2
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En los procesos participativos, es preceptiva la creación de una Comisión de Seguimiento formada por personas y entidades representativas de la ciudadanía, que velatorio por el desarrollo del proceso.
Esta comisión tiene las siguientes funciones:Emitir opinión sobre los instrumentos y la metodología concreta de los debates propuestos.
Sugerir las modificaciones que considere convenientes.
Hacer seguimiento del funcionamiento y la eficacia de los instrumentos de debate, y recomendar mejoras.
Realizar una validación de las conclusiones del proceso participativo y los datos de participación.
Presentación 20251112Descargar archivoPresentaciónActa 20251112Descargar archivoActa 20251112
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