Preguntas frecuentes
¿Qué es una MPGM?
El Plan general Metropolitano de 1976, o PGM, es el instrumento que define qué uso deben tener todos los suelos de Barcelona y los 36 municipios del área metropolitana. A medida que pasa el tiempo, es necesario adecuar la planificación a las necesidades de cambio de cada municipio.
El Ayuntamiento utiliza las MPGM, o modificaciones del Plan General Metropolitano, para realizar modificaciones puntuales del PGM en el ámbito de Barcelona.
¿Cuál es el proceso de tramitación y aprobación? ¿Y el calendario?
Se empieza por realizar un análisis del contexto y la problemática a resolver. De ahí se sacan los criterios para el inicio de la redacción del documento. Una vez redactado, se realiza la APROBACIÓN INICIAL.
En una segunda fase, el documento se hace público y se abre un período de exposición pública en el que la ciudadanía puede realizar alegaciones, junto con las observaciones que pidan las administraciones. Una vez ajustado el documento, está listo para la APROBACIÓN PROVISIONAL en el Ayuntamiento de Barcelona.
En una tercera fase, la Generalitat revisa el documento y realiza la APROBACIÓN DEFINITIVA. El proceso completo tiene una duración que normalmente es de año y año.
¿Qué regula?
Una MPGM siempre es de iniciativa pública y municipal. Tiene muchas posibles finalidades, como adaptar el planeamiento de Barcelona a planes de ámbito superior, transformar los usos y la edificación de un ámbito concreto de la ciudad o modificar puntualmente las zonas verdes, que no pueden reducirse. Es necesario justificar siempre el interés público de la actuación y su aprobación última depende de la Generalitat.
La iniciativa privada no tiene derecho a trámite de una MPGM, sin embargo, el ayuntamiento puede asumir expresamente la iniciativa pública para su formulación. En cambio, la iniciativa privada tiene derecho al trámite de los planes de mejora urbana y otros planes que desarrollan el PGM sin variar sustancialmente ni los volúmenes ni los usos de la ciudad existente. La aprobación última de los planes de mejora urbana depende del Ayuntamiento.
¿Qué no regula?
Una MPGM no puede realizar cambios en la estructura general de las calles, equipamientos o zonas verdes del CONJUNTO DE LA CIUDAD. Sólo puede realizar ajustes en la ciudad existente o adaptaciones a las nuevas necesidades.
¿Cómo se participa?
El Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Barcelona(Link externo), aprobado por el Plenario del Consejo Municipal el 27 de mayo de 2022, y publicado en el BOPB el 28 de junio de 2022, en su capítulo 3, artículo 39, regula los procesos de participación preceptivos que deben llevarse a cabo en la ciudad de Barcelona.
Concretamente en su punto 1c) se especifica como preceptivo el proceso participativo para la aprobación de ”Instrumentos de planeamiento general, salvo que su ámbito territorial haga referencia a una única parcela oa un ámbito de distrito o de ciudad o de los planes especiales cuyo objeto sea la ordenación de infraestructuras que no deriven de una previsión de los planeamiento general”.
En este sentido, pues, y hasta la aprobación provisional se contará con la participación de la ciudadanía de formas diversas, y se tendrán en cuenta las aportaciones en la redacción definitiva del MPGM.
¿Qué puede hacer una MPGM?
Establece las características de los espacios libres, la vialidad, los equipamientos y los servicios técnicos
Modifica la situación de los espacios libres y las zonas deportivas
Establece las condiciones de edificación de las zonas incluidas en el ámbito
Propone usos distintos de los previstos
Establece condiciones sobre calificación de vivienda protegida
Revisa las afectaciones urbanísticas en tejidos (o barrios) históricos y edificaciones con valor patrimonial
Revisa el catálogo de Patrimonio
Realiza la valoración económica para desarrollar el plan y establecer las actuaciones de dotación
Define los criterios de sostenibilidad
¿Qué no puede hacer una MPGM?
No es un plan de vivienda
No regula las actividades económicas
No es un plan de movilidad
No es un plan de ruido
No regula el turismo
No es el instrumento que concreta la urbanización del espacio público
No es el instrumento que concreta obras de infraestructuras
No determina la gestión de los espacios públicos o los equipamientos
No determina de forma directa las inversiones económicas
No puede regular medidas de disciplina urbanística
No regula medidas de fomento fiscal
¿Cuál es el ámbito de esta MPGM?
El ámbito territorial del debate es el Polígono del Bon Pastor y su entorno, en los distritos de Sant Andreu y Sant Martí de la ciudad de Barcelona.
¿Cuáles son los objetivos de esta MPGM?
La propuesta de nuevo planeamiento tiene por finalidad principal la obtención de una importante pieza de parque urbano en la calle de Badal, aprovechando una zona de transformación de uso a sistema de parques (clave 17/6) resolviendo igualmente problemáticas y condicionantes del contexto urbano en referencia a la ampliación de la Escuela de Cavall Bernat, la continuidad del espacio público con los entornos de la Rambla de Sants y la incorporación de vivienda social en el barrio.
Los objetivos específicos son:
Actualmente, el Plan General Metropolitano (PGM) define el uso religioso conjuntamente con el uso cultural, a diferencia de otros usos como el residencial o el industrial, que se regulan de manera independiente. Este uso religioso-cultural está permitido en diversas zonas, pero en la zona industrial (clave 22a) presenta limitaciones importantes: solo se admite si está vinculado a una actividad industrial concreta o, de manera independiente, en áreas periféricas al servicio de zonas residenciales cercanas.
En Barcelona se ha detectado la implantación de centros de culto en suelos industriales sin una regulación urbanística adecuada, especialmente en el polígono del Bon Pastor y su entorno. Esta situación evidencia la necesidad de una modificación del planeamiento para dar respuesta a una demanda generalizada en Cataluña, reconocida por la Ley 16/2009 y el Decreto 94/2010, que establecen criterios de integración urbana, accesibilidad, seguridad y no segregación.
Objetivos de la modificación:
Regular la implantación del uso religioso en toda la zona industrial (clave 22a) del polígono del Bon Pastor y su entorno.
Compatibilizar el uso religioso con la preservación del suelo industrial, garantizando espacio suficiente para la actividad económica.
Adaptar la normativa urbanística a los criterios de la Ley 16/2009 y el Decreto 94/2010, asegurando la integración urbana, la seguridad, la accesibilidad y la no segregación de los centros de culto.
¿Dónde puedo consultar la documentación?
Durante el avance de la tramitación la documentación podrá encontrarse en la web del Ayuntamiento de Barcelona, concretamente en el Portal de Información Urbanística(Link externo) (PIU).
¿Esta modificación del planeamiento establecerá la configuración del espacio público de plazas y calles del ámbito?
No, la MPGM determina las calificaciones del suelo, es decir, su uso y puede establecer condiciones como la superficie mínima de espacios con vegetación o suelos permeables. El desarrollo del espacio público se tramita con un proyecto de urbanización, que determina cómo debe ser esta calle o esta plaza (elementos, mobiliario urbano, pavimentación, carga y descarga, etc.).
¿La MPGM regulará el tipo de actividades de pública concurrencia que se puedan establecer a partir de ahora en el ámbito?
No, la MPGM no regula las actividades de pública concurrencia, esto lo hace un Plan de Usos(Abrir en una pestaña nueva). La MPGM regula la calificación de suelo, si es vivienda, verde urbano, equipamiento, viario, comercial o servicios, entre otros, pero no entra al por menor sobre la actividad.
¿En la MPGM se puede recoger que la creación de vivienda social vaya destinada al vecindario de la zona?
No, la MPGM califica el suelo y el tipo de vivienda (privada o pública y de venta o alquiler) pero no determina los criterios de asignación de éstas ni su regulación.
¿La MPGM establece los equipamientos en el ámbito correspondiente?
No, la MPGM califica el suelo y puede concretar el tipo de equipamiento, si es público o privado y la volumetría del edificio, pero, habitualmente, no determina si debe ir una escuela o una residencia, para poner dos ejemplos; esto normalmente se determina a partir de un Plan especial posterior.
Compartir