Consejo Municipal de Inmigración
Órgano de participación sectorial
Acerca de esta asamblea
El Consejo Municipal de Inmigración es un órgano consultivo y de participación creado para generar un espacio de encuentro y dialogo entre los colectivos de personas migradas y de acogida, agentes sociales, los grupos políticos municipales y observadores, que quieren incidir en el entorno social, cultural y político para alcanzar el ejercicio de la plena ciudadanía de las personas inmigradas y el Ayuntamiento de Barcelona.
Se creó en 1997 con la voluntad del Ayuntamiento de Barcelona de contribuir al cumplimiento del mandato contenido en los artículos 9.2. de la Constitución española y 43.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña.
El Ayuntamiento crea este órgano asesor y de participación como competencia propia, como uno de los mecanismos necesarios para lograr que Barcelona sea una ciudad plural e integradora con las personas inmigradas, las minorías étnicas y, en general, con todas las culturas.
Propósito de la acción
La finalidad del Consejo Municipal de Inmigración es lograr una ciudad plural e integradora y combatir el racismo social e institucional, la discriminación y la xenofobia. Entre sus funciones está el seguimiento y la valoración de las políticas públicas en materia de inmigración, velar por la garantía de los derechos de las personas migrantes y la aproximación entre los colectivos de personas migradas y el Ayuntamiento de Barcelona.
Los propósitos u objetivos del Consejo Municipal de Inmigración son los siguientes:
- Trabajar por la libertad, la igualdad de derechos, deberes y oportunidades para todas las personas inmigradas.
- Combatir el racismo social e institucional, la discriminación y la xenofobia.
- Promover acciones e iniciativas que fomenten la interculturalidad.
- Facilitar la participación en la vida política, social y económica de las entidades y de los inmigrantes.
- Promover el diálogo social por el reconocimiento de todas las diversidades.
Organización interna
El Consejo se organiza en diferentes órganos como el Consejo, la Presidencia y Vicepresidencias, el Plenario, la Comisión Permanente, la Comisión de Opinión de Urgencia y la Secretaría. Por otra parte, se articulan grupos de trabajo y comisiones creados a propuesta de la Comisión Permanente o de la Presidencia para trabajar temas específicos y desarrollar el Plan de trabajo del Consejo.
El Consejo dispone de una Secretaría técnica que recae en una persona técnica municipal y tiene como función apoyar, impulsar y dinamizar los órganos del Consejo.
Composición
Los miembros del Consejo son:
- La Presidencia
- Las Vicepresidencias: primera, asumida por un representante del sector asociativo, y segunda, comisionado o comisionada de la alcaldía para la Inmigración.
- Vocales: un concejal o concejala en representación de cada uno de los grupos municipales (con voz pero sin voto); un representante de cada una de las entidades y asociaciones de inmigrantes miembros; un representante de cada una de las entidades vecinales, cívicas, culturales y sindicales de ámbito ciudad; un representante de entidades de acogida y de las que trabajan para las personas solicitantes de asilo; expertos y personalidades de valía reconocida (con voz pero sin voto).
- También forman parte: secretaría del Consejo (sin voto); personas al servicio del Ayuntamiento de Barcelona (con voz pero sin voto).
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